Las prestaciones laborales constan de: preaviso, auxilio de cesantía, vacaciones, decimotercer mes (aguinaldo) y decimocuarto mes (catorceavo).
El trabajador se hace acreedor a todas estas prestaciones si ha sido despedido injustamente por responsabilidad del empleador, y en otros casos establecidos por la ley.
El preaviso es el período de tiempo que se da para que el empleado despedido pueda buscar otra colocación. Si no se da el preaviso, el patrono debe pagar el equivalente en dinero.
El auxilio de cesantía es el derecho que le corresponde al empleado por haber sido despedido injustamente.
Las vacaciones también se deben pagar, por que son un derecho adquirido, así como el aguinaldo y el catorceavo, que se dan por concepto de compensación social.
El sitio web Ley Laboral nos provee de una calculadora de prestaciones que nos permite estimar el monto de nuestras prestaciones para los casos más comunes.
Para casos concretos, se recomienda visitar la oficina de la Secretaría de Trabajo más cercana. Allí nos darán el cálculo de las prestaciones laborales.
Para mayor ilustración, se recomienda consultar el Código de Trabajo, especialmente en el capítulo VIII del Título II, sobre la Terminación del Contrato de Trabajo, y el capítulo III del Título IV, sobre las Vacaciones. Además, la Ley del Séptimo Día y Décimo Tercer Mes en Concepto de Aguinaldo, y el Decreto y Reglamento sobre el Decimocuarto mes de Salario.


12 comentarios
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Anonymous
10 noviembre, 2011, a las 16:59 (UTC -6) Enlace a este comentario
no es valido el link para poder calcular las prestaciones
Anonymous
11 febrero, 2012, a las 12:35 (UTC -6) Enlace a este comentario
EL link para calcular las prestaciones no funciona
Ardegas
11 febrero, 2012, a las 23:29 (UTC -6) Enlace a este comentario
El link está correcto, pero por alguna razón a veces falla. Pruebe a navegar desde la página principal de leylaboral.com.
Ardor
3 marzo, 2012, a las 9:22 (UTC -6) Enlace a este comentario
oye el Link no funciona de calculo de prestaciones soy expérto en entrar a cualquier pagina en internet aunque este bloqueada pero en realidad esta no funca
ardegas
3 marzo, 2012, a las 10:51 (UTC -6) Enlace a este comentario
Entra a la página de leylaboral.com. Haz click en el ícono de Honduras. Luego en el menú de la parte superior haz clic en el enlace “Cálculo de Prestaciones”.
ZLNM
14 marzo, 2012, a las 9:00 (UTC -6) Enlace a este comentario
ES EXCELENTE LA PAGINA Y ES MUY RÁPIDA
mary
15 marzo, 2012, a las 22:22 (UTC -6) Enlace a este comentario
como se calculan los derechos adquiridos cuando uno pone la renuncia????
VIRMA
18 abril, 2012, a las 16:55 (UTC -6) Enlace a este comentario
Es bueno estar actualizado, pero ahora ya no se puede apcesar con facilidad a la pagina ley laboral.com para hacer los calculos de prestaciones, porque no esta bueno el link, se ha probado infinidad de veces y no funciona.
wil
18 abril, 2012, a las 20:12 (UTC -6) Enlace a este comentario
no se puede ver el calculo no funciona
Man
29 abril, 2012, a las 20:10 (UTC -6) Enlace a este comentario
entren aqui:
http://www.leylaboral.com/honduras/prestacionesho.aspx
bety
31 mayo, 2012, a las 21:05 (UTC -6) Enlace a este comentario
excelente la pagina de leylaboral.com, ayuda mucho
edwin
3 junio, 2012, a las 20:11 (UTC -6) Enlace a este comentario
no funciona no deja averiguar