La inspección y vigilancia bancaria en el país se inicia con la emisión del decreto No. 80 del 11 de marzo de 1937 que contiene la primera ley para establecimientos bancarios.
La Secretaría de Hacienda fue la encargada de dicha vigilancia por intermedio del Departamento de Vigilancia Bancaria.
En 1950 se establece la legislación bancaria, mercantil y tributaria con la creación de los Bancos Estatales, el Código de Comercio y la Ley de Impuesto Sobre la Renta y se crearon las bases del desarrollo de las instituciones financieras, mercantiles y tributarias. En la legislación referida se traslada la vigilancia bancaria al Banco Central de Honduras, el cual organizaría a este efecto la Superintendencia de Bancos como departamento de la institución.
En 1958 el Congreso Nacional emite el Decreto No. 26 por medio del cual las funciones de vigilancia y control de las instituciones bancarias son trasladadas a la Secretaría de Economía y Hacienda y la Superintendencia de bancos pasa a depender de esta Secretaría.
Pero mediante la emisión del Decreto 102, en 1959 la Superitendencia de Bancos regresa legalmente al Banco Central de Honduras.
En el año de 1995 se emitieron dos importantes leyes para el Sistema Financiero: la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y la Ley de Instituciones del Sistema Financiero, siendo esta última derogada en el año 2004 producto de la aprobación de la Ley del Sistema Financiero, que tiene como objetivo regular la organización, autorización, constitución, funcionamiento, fusión, conversión, modificación, liquidación y supervisión de las instituciones del sistema financiero y grupos financieros.
El 10 de Junio de 1996 el Sr. Presidente Constitucional de la República, Doctor Carlos Roberto Reina instaló oficial y solemnemente la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, dándoles posesión del cargo a los señores comisionados, nombrados mediante Acuerdo No. 00010 de la fecha 8 de enero de 1996.
Tomado de La Tribuna del 10 de junio del 2009.