Por: El Heraldo
Las Fuerzas Armadas ejecutaron la detención de Zelaya Rosales por orden del juez competente y como garantes de la Constitución.
Tegucigalpa. Las Fuerzas Armadas de Honduras sí cumplieron órdenes judiciales al detener al ex presidente de la República, José Manuel Zelaya Rosales.
Evidencia documental en poder de EL HERALDO demuestra que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) fue quien libró las órdenes a la FF AA para el allanamiento de la residencia de Zelaya Rosales, ubicada en la colonia Tres Caminos, de la capital, y la de su captura, que fueron emitidas a raíz del requerimiento fiscal interpuesto en su contra el pasado 25 de junio.
El ex mandatario es acusado por el Ministerio Público (MP) por suponerlo responsable de delitos contra la forma de gobierno, traición a la patria, abuso de autoridad y usurpación de funciones, en perjuicio de la administración pública y del Estado de Honduras.
Una vez interpuesta la acusación, el pleno de los 15 magistrados que integran el pleno de la CSJ, por unanimidad de votos, designó a uno de sus magistrados para que conozca el proceso en las etapas preparatoria e intermedia.
El magistrado designado fue José Tomás Arita Valle para que fungiera como juez natural en este caso, quien admitió el requerimiento fiscal interpuesto por el MP contra el ex mandatario, dictó la orden de captura y de allanamiento, como lo solicitó el MP en su requerimiento fiscal.
Para ese efecto el juez natural competente libró comunicación al teniente coronel, René Antonio Hepburn, asignado al Estado Mayor Conjunto, para que procediera en el momento pertinente al allanamiento de Zelaya Rosales.
Ese mismo día, el 26 de junio, el juez competente libró otra comunicación al jefe del Estado Mayor Conjunto, Romeo Vásquez Velásquez, ordenándole delegar la captura de Zelaya Rosales, por el requerimiento fiscal interpuesto por el MP.
La orden judicial fue ejecutada en horas de la mañana del pasado 28 de junio, el día en que el Ejecutivo tenía previsto celebrar en el país una encuesta declarada ilegal por el Juzgado de Letras Contencioso Administrativo.
En un comunicado, la CSJ informó que la secretividad del caso fue suspendida el pasado 30 de junio, lo que posibilitó que se dieran a conocer esos detalles. Cabe apuntar que el 26 de junio el Juzgado de Letras Contencioso Administrativo ordenó a las FF AA el decomiso del material para la encuesta que Zelaya Rosales, acompañado de una turba, rescató de la Fuerza Aérea Hondureña.
Las instrucciones judiciales se dictaron a las FF AA por ser esta el garante de la Constitución, la cual el Ejecutivo pretendía derogar. En otro requerimiento fiscal, interpuesto el pasado 26 de junio, por los mismos delitos, será conocido por el Juzgado Penal Unificado por no estar en esa fecha ostentando el cargo de Presidente.
En el mismo comunicado el Poder Judicial deja constancia a la comunidad nacional e internacional «que si el origen de las acciones de ese día (28 de junio) estaba basado en una orden judicial emitida por juez competente, su ejecución está enmarcada dentro de los preceptos legales y debe desarrollarse con todo lo que ilegalmente se anteponga a devolver al Estado de Honduras, el imperio de la ley».
Cabe señalar que la CSJ se va a partir de hoy a un período de 15 (sic) vacaciones, retornando el próximo 20, quedando personal de turno. Contra Zelaya Rosales pesa orden de captura nacional e internacional, instruyendo que sea detenido en el lugar del mundo en el que se encuentre.
Estado de necesidad
En la rama de derecho existe el concepto de «estado de necesidad» que se le aplicó a Zelaya Rosales para sacarlo del país luego de ser detenido por las FF AA. «Ante un mal mayor, un mal menor» define el concepto, que en este caso significaría que si Zelaya fuese remitido a una celda se detonaría una convulsión social que conllevaría a derramamiento de sangre, por lo que se adoptó la decisión de enviarlo a Costa Rica.
Para la Fiscalía el ex mandatario se encuentra huyendo de la justicia. «Si se libró una orden de captura y no está a la orden de los tribunales, la calidad de ciudadano es de prófugo», apuntó el fiscal Adjunto del MP, Roy Urtecho.
Explicó que se acusa por delitos contra la forma de gobierno porque con el proyecto de la encuesta se buscaba por la fuerza y de forma ilegal despojar al Congreso Nacional la prerrogativa de autorizar consultas a los ciudadanos, únicamente instituidas el plesbicito y el referéndum, las que serían dirigidas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El delito de traición a la patria es por promover una nueva Constitución que conllevaría a una suplantación del Estado, alterar la forma de gobierno. La usurpación de funciones se incurre al instruir al Instituto Nacional de Estadísticas la ejecución de una encuesta ya que es facultad privativa del TSE. El abuso de autoridad es porque en su calidad de funcionario no le dio el cumplimiento a una sentencia judicial que ordenó suspender la encuesta.
A juicio del MP y de la CSJ, como las demás instituciones del Estado, lo acontecido en el país es una sustitución constitucional. En tal sentido, reiteró que no existe un golpe de Estado en vista de que los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial permanecen y la Constitución no fue derogada.
Documentación
- Requerimiento Fiscal
- Orden de Allanamiento
- Orden de Captura
Tomado de El Heraldo, 3 de junio de 2009