Archivo por meses: septiembre 2010

Celebración del día del Niño en Honduras

El 10 de septiembre se celebra el día del niño en Honduras.

Los niños va a las escuelas, pero no a clases, solo a ser festejados con música, dulces y juegos.

Quebrar la piñata es un juego popular en este día.

También hay padres que en esta fecha le compran juguetes a sus niños, por lo que el día del niño en Honduras es como una segunda Navidad para ellos.

Asociaciones privadas y públicas también festejan a los niños.

Himno al Niño

Por: Francisco A. Mejía

Entonemos con tierno cariño
nuestro canto de fraternidad
al que todos loamos por niño
mensajero de paz y amistad.

En los niños está la esperanza
y el futuro de la sociedad,
a los padres inspiran confianza
alegría, ternura y bondad.

El hogar con los niños se alegra
lindo es con ellos compartir,
con amor hoy Honduras celebra
por los niños el gran porvenir.

El Niño

Por: Carlos Manuel Arita Palomo

El niño es la simiente milagrosa,
es la sabia divina del mañana,
es el Rey de la nueva caravana
que se adentra en la senda luminosa.

Es el botón ardiente de la rosa
que en líricos fulgores se desgrana,
es el sueño del hombre, su fe humana
y su mágica aurora esplendorosa

El que vive en los astros o en la nube
y que a veces es Ángel o querube
y nos llena la vida de ilusión.

Y es de todos los pueblos la esperanza,
de la Patria la dicha y la bonanza
y de sus padres, es el corazón.

Cronología de la confabulación contra Canal 8

El 18 de enero de 2005 el político Elías Asfura presentó una solicitud ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para operar la frecuencia del Canal 8 en sistema análogo, petición que le fue denegada siete meses después por el ente regulador mediante resolución A5454-2005 bajo el argumento que no se podían otorgar canales analógicos debido a las interferencias que se producían en las frecuencias adyacentes.

Por esa razón, Conatel procedió a declarar, mediante la resolución NR032-05, la frecuencia del canal ocho bajo reserva de operación exclusiva para la televisión digital, lo que es una potestad de ese ente regulador enmarcada dentro de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones y su reglamento, explicó.

Asfura presentó recurso de reposición contra la resolución que le deniega la frecuencia, pero no contra la decisión de reservar la frecuencia ocho para televisión digital, recurso que le fue rechazado.

Posteriormente Asfura presentó demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo mediante la cual impugnó única y exclusivamente la resolución donde se le rechazó un recurso de reposición, pero no  contra la reserva del canal ocho para televisión digital.

El 15 de mayo del 2007, el juez Jorge Alberto Zelaya Saldaña declaró procedente la demanda interpuesta por Asfura y se va más allá de lo que le pidieron y otorga una frecuencia específica, cuando esa es una facultad exclusiva de Conatel, que es el administrador del espectro radioeléctrico.

Fue así como empezó la inseguridad jurídica en contra del Estado de Honduras, pues judicialmente pretendieron llevarse de encuentro funciones y facultades exclusivas de Conatel, afectando los intereses del Estado y favoreciendo los de un particular, asevera el gobierno de Porfirio Lobo.

Aunque la sentencia es ilegal, el Gobierno la acató y le dio la frecuencia a Asfura, pero le otorgó un plazo para que operara la misma so pena de perder el derecho de explotación, pero Asfura incumplió el plazo, por lo cual Conatel la asignó al Ministerio de la Presidencia, que tenía en trámite la solicitud.

En ese sentido, el título a favor del Estado otorgado por Conatel mediante la resolución AS 155-07 del 12 de abril de 2007, respeta las disposiciones legales del ente técnico, regulador y administrador del espectro radioeléctrico al operar el Canal 8 en formato digital y no analógico como es el caso de Teleunsa, de Elías Asfura.

Asfura presentó nuevos recursos contando con la complicidad del juez Jorge Zelaya Saldaña y éste nuevamente asignó la frecuencia con la doble irregularidad de usurpar funciones de Conatel y de irrespetar el derecho que ya le había sido conferido al gobierno.

Cabe mencionar que ninguna de las sentencias irregulares del juez Zelaya Saldaña “anula ni modifica la resolución AS155-07 del 12 de abril de 2007 que le confiere al Estado, la licencia para operar el Canal 8 digital, tal como lo ha hecho ininterrumpidamente desde hace dos años”, explicó Roberto Zacapa, secretario general del Ministerio de la Presidencia.

Tomado de diario Tiempo, del 7 de septiembre del 2010.

Canal 8 y el adefesio jurídico del Poder Judicial

Cátedra de Derecho Constitucional impartió el Congreso Nacional al Poder Judicial. Todavía puede enmendarse adefesio jurídico. Estado debe devolver equipo e instalaciones.

Por: Ángel Portillo (abogado)

El Congreso Nacional que en su gran mayoría no está conformado por profesionales del derecho, pero sí por gente con bastante patriotismo, ha dado una fabulosa cátedra de Derecho Constitucional al Poder Judicial al recuperar mediante decreto la señal de un canal de televisión adjudicado en forma dolosa por el Poder Judicial al señor Elías Asfura, invadiendo las atribuciones del Poder Ejecutivo.

La demanda del señor Asfura debió ser rechazada de plano por el Poder Judicial desde la primera instancia, porque el Estado le concedió la licencia de operación, pero no le ha vendido nada, y por lo tanto no tiene que estar peleando el dominio de sus bienes con los particulares.

El precedente sentado por el Poder Judicial puede tener un efecto dominó que llevará a la extinción del Estado mismo, porque perdería el dominio sobre sus bienes y su territorio, que constitucionalmente es inalienable e imprescriptible.

El Estado concede a los particulares la posesión y el goce de sus bienes, pero el dominio constitucionalmente es del Estado, que puede recuperarlo cuando lo necesite.

Jueces venales y diputados oportunistas han puesto el grito en el cielo, porque el Congreso le ha recordado al Poder Judicial que la independencia de poderes aún forma parte de nuestra Constitución.

Incluso diputados como el señor Leitzelar, que debía saberlo por ser abogado, ha emitido opiniones tan erradas que evidencian la calidad de la universidad donde estudió o la forma como ha ganado sus juicios.

Este mismo abogado ha acuñado una frase que dice: “ganarle al Estado es como pegarle a un bolo”. Debe recordar que la línea telefónica que él posee no es suya, sino del Estado, pero él dice que si se la quita el Estado, puede venir una demanda internacional contra Honduras.

El señor Fito Facussé, otro dado a opinar lo que no sabe, dice que la frecuencia de TELEUNSA le fue robada. Me gustaría saber en que país adquirió TELEUNSA esa señal, porque canal 8 es propiedad de Honduras, y no se la ha vendido a nadie.

Dice TELEUNSA que el señor Micheletti le firmó un contrato de arrendamiento simbólico para usar la señal. Esto es falso, porque la señal es de Honduras y el Estado no puede alquilarse a sí mismo lo que es suyo. Lo que el señor Micheletti alquiló fue el equipo e instalaciones, porque esas sí son privadas.

Queda claro que en el presente caso no existe confiscación de señal. Ahora bien, si le hubiera quitado las instalaciones y equipo sí sería confiscación, lo cual solo puede hacer el Estado cuando con ellos se hubiere cometido un delito.

El precedente sentado por el Poder Judicial debe anularse inmediatamente sin petición de parte, porque el mismo puede tener un efecto dominó y ser invocado en perjuicio del Estado, como ejemplos:

Este precedente lo invocará el señor Miguel Facusé, contra el el Instituto Nacional Agrario para que no recupere las tierras del Bajo Aguán que muchos miles de famélicos campesinos las necesitan para sembrar sus humildes milpas y frijolares, y así no morirse de hambre, y el Poder Judicial no puede desdecirse, por lo que usando el precedente de Asfura le dirá al INA que las tierras son de “propiedad” de Miguel Facusé y punto, o sea que el señor Facusé tendría otro país dentro del territorio de Honduras, y Centroamérica estaría formado por seis países en vez de cinco.. ¡hay que prohibirle que también le llame Honduras! Y que no celebre su independencia el 15 de septiembre.

El precedente puede ser invocado por las empresas vendedoras de energía térmica para obligar al Estado a comprarles energía cara en vez de energía limpia, y el Poder Judicial se verá obligado a aplicar dicho precedente condenando al Estado a comprar energía cara.

Si alguien quiere un permiso para operar un bus o taxi, lo solicitará a SOPTRAVI, y si se lo niega, recurrirá al Poder Judicial, que aplicando el precedente funesto, obligará al Poder Ejecutivo a aplicarle el permiso creando cantidades incuantificables de buses y taxis que no cabrán en las calles de Honduras.

Si alguien solicita una licencia para explotar un bosque y COHDEFOR después de hacer el estudio se lo niega, la persona recurrirá al Poder Judicial, que necesariamente tendrá que aplicar el espantoso precedente, y obligará al Estado a otorgar la licencia, pero el Poder Judicial no será responsable de los daños que se causen al medio ambiente.

Si alguien solicita a la Alcaldía permiso para construir mejoras o poner un negocio cualquiera, y ésta se lo niega, el solicitante puede recurrir al Poder Judicial, que aplicando el precedente señalado, obligará a la Alcaldía a otorgar el permiso, y la ciudad crecerá en forma mucho más desordenada que lo que lo existe ahora.

Los trabajadores ahora pueden demandar al Estado para que señale el salario mínimo, y el Poder Judicial señalará el salario mínimo, aplicando el precedente referido e invadiendo nuevamente las atribuciones del Poder Ejecutivo.

De manera que de ahora en adelante, cualquier petición a la administración pública, será resuelta afirmativamente por el Poder Judicial y a favor del primero que lo solicite. Y esto no podrá ser de otra manera, porque el Poder Judicial no cuenta con ni con personal ni con medios técnicos para hacer los estudios de factibilidad que realiza el Poder Ejecutivo. Si el Poder Ejecutivo no es capacitado ni en materia jurídica, ¿cómo lo va a hacer en materia administrativa en lo cual no se desenvuelve?

La enmienda del entuerto cometido por el Poder Judicial, es urgente, y debe hacerse decretando la nulidad absoluta de actuaciones sin petición de parte, al tenor del artículo 1551 del Código Civil y título cuarto, capítulo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Se ve meridianamente que el nombramiento y la elección de la caterva de operadores de justicia en Honduras se hace por sorteo o por otros medios, pero nunca por capacidad.

DIOS SALVE A HONDURAS

Tomado de La Tribuna, del 8 de septiembre del 2010.

Histeria por el Canal 8

Después de que expulsaron al señor Manuel Zelaya del poder hay personas que han quedado traumatizadas, y cualquier acción del gobierno que les recuerde al derrocado presidente los hace entrar en un estado de nervios.

Se ha llegado a decir que el gobierno de Lobo está expropiando al Canal 8, y que irrespeta la división de poderes al desafiar una resolución del Poder Judicial.

El Congreso decidió intervenir en la disputa entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, para favorecer al primero, otorgando por decreto el canal 8 al Estado.

Por motivos técnicos, a la empresa TELEUNSA, propiedad del empresario y político Elías Asfura, CONATEL le denegó un permiso para operar un canal en la frecuencia que corresponde al canal 8.

(CONATEL, es la entidad del Estado hondureño encargada de dar permisos de operación en el área de las telecomunicaciones).

No satisfecho con la negativa del gobierno, el señor Asfura demandó al gobierno, dando como resultado que el juez Jorge Alberto Zelaya se extralimitara en sus funciones al otorgarle una frecuencia específica a TELEUNSA, lo cual es atribución exclusiva de CONATEL.

El Canal 8 siempre ha sido administrado por el Estado de Honduras, por lo que hablar de expropiación en este caso no tiene sentido, porque en realidad es el señor Asfura el que le quiere quitar la frecuencia del Canal 8 al Estado, quien siempre lo ha administrado.

Además, el Estado hondureño es dueño por ley del espectro radioeléctrico, y tiene la potestad de otorgar permisos o denegarlos según los requerimientos técnicos que él establezca.

Para evitar dar la impresión de que se estaba desafiando una decisión del Poder Judicial, el Congreso cambió ayer el lenguaje de la moción presentada inicialmente, enfrentando en forma exitosa toda objeción legal contra el Estado.

El Congreso de la República ha sido muy respetuoso con la Corte Suprema de Justicia, a pesar del evidente abuso que esta cometió en el asunto del Canal 8.

Lamentablemente, los ánimos de muchos anti-zelayistas radicales ya están caldeados, y ha sido imposible hacerlos entrar en razón. Ya les parece que Pepe Lobo inicia una fiebre de expropiaciones y de ataques contra la prensa, al estilo de Hugo Chávez. El miedo les impide pensar claramente.

Algunos de estos derechistas extremos hasta están hablando de que hay que darle golpe de Estado a Pepe Lobo (o sucesión constitucional, como le llaman ellos) solo por querer conservar el Canal 8.

Hay que reconocer sin embargo, que el lenguaje que ha utilizado el presidente Pepe Lobo no ha sido el más conciliatorio, lo que incrementa las pasiones en vez de apaciguarlas. Porfirio Lobo no ha hecho honor a su intención de crear un gobierno de conciliación, ya que es muy dado al autoritarismo y a decir las cosas sin la debida reflexión, de forma parecida a su paisano Mel Zelaya.

Pero el gobierno de Lobo es diferente al de Zelaya. Estamos en situaciones diferentes. El alarmismo derechista tampoco es favorable a la reconciliación.